Notificación al Centro de Toxicológica (PCN)

Nuestro equipo de expertos le ofrece apoyo técnico y regulatorio global para ayudarle a cumplir con las obligaciones de notificación al Centro de Información Toxicológica (PCN) bajo el Reglamento CLP, asegurando una notificación efectiva de las mezclas peligrosas para mejorar la respuesta en emergencias de salud.

Los organismos designados (centros de toxicología) son responsables de recopilar información relevante sobre mezclas peligrosas con el fin de proporcionar asesoramiento médico en emergencias de salud, como incidentes de envenenamiento. El Artículo 45 del Reglamento CLP describe las obligaciones de notificación para los importadores y los usuarios intermedios que deseen comercializar mezclas químicas peligrosas en el mercado de la UE.

Debido a las inconsistencias en los sistemas de notificación y los requisitos de información en los distintos países de la UE, se implementó el ANEXO VIII del Reglamento CLP para abordar este problema. Esta actualización tiene como objetivo armonizar el formato y la información sobre sustancias peligrosas que deben presentarse a los organismos designados para mejorar las respuestas de los centros de toxicología en situaciones de emergencia.
 
¿Qué es necesario?
  • Asignar un Identificador Único de Formulación (UFI).
  • Proporcionar la composición química completa y datos toxicológicos.
  • Completar la categorización del producto según el nuevo sistema de categorización de productos de la UE (EU PCS).
  • Proporcionar información sobre la etiqueta del producto y las SDS (Hojas de Datos de Seguridad).
  • Proporcionar detalles del remitente.
  • Otra información (es posible que se requiera información sobre el embalaje y la distribución).
La información requerida debe enviarse a través del portal PCN o directamente a los organismos designados por los Estados Miembros antes de colocar el producto en el mercado de la UE. Las empresas deben ser conscientes de los plazos próximos para notificar sus productos:
  • 1 de enero de 2021: mezclas para uso profesional y del consumidor.
  • 1 de enero de 2024: mezclas para uso industrial.
  • 1 de enero de 2025: la normativa se aplica a todos los productos.
No presentar la información requerida dentro de los plazos especificados resultará en incumplimiento, sanciones aplicables o la posible prohibición de un producto en el mercado.

Nuestro equipo global de expertos tiene un sólido conocimiento de los requisitos de PCN y la legislación relevante para poder analizar su portfolio de sustancias químicas y ayudar en la notificación de mezclas peligrosas. Trabajamos estrechamente con nuestros clientes para recopilar toda la información requerida para la presentación electrónica, proporcionándoles total tranquilidad.

Nuestros servicios incluyen:
  • Cribado del portfolio para usos y sus plazos de notificación.
  • Agrupación del portfolio para presentaciones en grupo/individuales.
  • Solicitud y asignación de Códigos UFI.
  • Cribado de información de notificación faltante, como información de Mezcla en Mezcla.
  • Recopilación de datos mediante comunicación con proveedores fuera de la UE.
  • Preparar y presentar la notificación.
  • Actualización de notificaciones.
  • Asesoramiento estratégico y regulatorio sobre cómo cumplir mejor con las obligaciones.
 
 
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